Si tenías pendiente la renovación de algunos de tus documentos de extranjería y por el cese laboral de las Unidades de Extranjería y Fronteras no pudiste efectuar dicha renovación, te informamos que, la DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA, emitió la Instrucción núm. 9/2020 (Ver aquí) firmada el 21 de mayo de 2020, en el cual se le otorga una prórroga automática a los documentos que te mencionamos a continuación.
Esta medida se toma para proveer de seguridad jurídica a los extranjeros que se vieron afectado por el cierre de las oficinas de extranjería y para no saturar la actividad policial que pudiera generarse debido a la gran demanda de trámites que se requerirían para regularizar a todos los extranjeros que perdieron la vigencia de sus documentos.
Documentos que son beneficiados por estas instrucciones
1) RESGUARDO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUD DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL (HOJA BLANCA)
Si tu “hoja blanca” fue expedida antes del estado de alarma, (declarada el 14/04/2020 en el Decreto Real 463/2020 publicada en el «BOE» núm. 67, de 14 de marzo de 2020, páginas 25390 a 25400 (11 págs.) Míralo Aquí)) , la vigencia de la misma tendrá una prórroga automática de NUEVE (9) meses contados a partir de la fecha de expiración del documento, siempre y cuando no se haya notificado negativamente la resolución del expediente.
2) DOCUMENTO ACREDITATIVO DE SOLICITANTE DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL (TARJETA ROJA) Y DOCUMENTO ACREDITATIVO DE SOLICITANTE DE CONDICIÓN APÁTRIDA (TARJETA VERDE)
Si tu “tarjeta roja” o “tarjeta verde” fue expedida antes del estado de alarma (declarada el 14/03/2020), la vigencia de esta tendrá una prórroga automática de SIETE (7) meses contados a partir de la fecha de expiración del documento, siempre y cuando no se haya notificado negativamente la resolución del expediente.
Notas importantes:
Quedaron anuladas todas las citas que se habían otorgado para la renovación de estos documentos.
Tanto la “HOJA BLANCA” como la “TARJETA ROJA”, conllevará a partir de los SEIS (6) meses de su fecha de emisión, EL DERECHO A TRABAJAR, independientemente que no lleve la leyenda “AUTORIZA A TRABAJAR”
3) DOCUMENTO “VOLANTE” DE MANIFIESTO DE VOLUNTAD DE SOLICITUD DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL.
Si tu “volante” caducó durante el estado de alarma, éste queda prorrogado, de forma automática, durante la vigencia del estado de alarma y durante los TRES (3) meses posteriores a la fecha en que se decrete el levantamiento. Durante este período de tres (3) meses y a la brevedad posible, deberás tramitar la expedición de un nuevo “volante” para que se asigne la nueva fecha de formalización.
4) CÉDULAS DE INSCRIPCIÓN DE EXTRANJEROS INDOCUMENTADOS
Si tu “cédula de inscripción de extranjero” caducó durante el estado de alarma o en los 90 días naturales previos a la fecha de decreto, ésta queda prorrogada, de forma automática, por un período de SEIS (6) meses contados a partir de la fecha de expiración de la validez del documento.
5) CARTA DE INVITACIÓN.
Si tienes una “carta de invitación” que fue emitida previa al estado de alarma y que no pudiste utilizar porque la fecha de entrada a España coincidió con la declaración de estado de alarma y cierre de fronteras, podrás solicitar a la misma oficina donde te la emitieron, la anulación de la “carta de invitación”, así como el reembolso de las tasas por expedición de la carta y las de tramitación, para lo cual, deberás entregar el original de la carta.
La devolución de las tasas se realizará mediante el procedimiento de devolución de ingresos indebidos, previo informe favorable por parte de la plantilla que tramitó dicha carta de invitación.
6) DOCUMENTOS DE VIAJE DE QUIENES TENGAN LA PROTECCIÓN INTERNACIONAL O EL ESTATUTO DE APÁTRIDA.
Si tu “documento de viaje” caducó durante el estado de alarma o en los 90 días naturales previos a la fecha del decreto, su vigencia será prorrogada en los términos en que se haya ampliado la validez de las “tarjetas de identidad de extranjero”, (prórroga de SEIS (6) meses contados a partir de la fecha de culminación del estado de alarma).
Para descargar la Instrucción núm. 9/2020 haz click aquí
Esperamos que esta NOTA aclare cuáles documentos quedan prorrogados automáticamente por causa del estado de alarma debido a la emergencia del COVID-19.
Si te interesan nuestros temas y no quieres perderte ni una sola de nuestras publicaciones, te invitamos a registrarte en nuestra página web y te enviaremos notificaciones de las próximas publicaciones con temas de interés como este. ¡no te los pierdas!
Si tienes cualquier inquietud, no dudes en preguntarnos aquí abajo en nuestro apartado de COMENTARIOS.
Escríbenos también sobre qué tan útil te fue este artículo y COMPÁRTELO con amigos que puedan necesitar esta información.
Hasta la próxima mis Nómadas!!
Hola!! mi novio tiene la prorroga de la tarjeta roja hasta el 20 de diciembre y esta muy preocupada porque no sabe si la prorroga sigue , o cuando abren citas, porfavor si pueden decirnos algo, estamos muy nerviosos con esto.
Hola quería saber si mi tarjeta Roja a caducado ahora en agosto tengo derecho a la prórroga ya que no hay citas ala policía
Hola Melissa,
De acuerdo a la instrucción, la prórroga se da a las tarjetas rojas que hayan sido expedidas antes del estado de alarma y quedan prorrogadas de forma automática por SIETE (7) meses contados a partir de la fecha de expiración del documento.
Lee en tu tarjeta roja y observa en que fecha fué emitida, si la fecha es anterior al 14/03/2020 (fecha en que fue declarada el estado de alarma de acuerdo al Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo) entonces tu tarjeta queda prorrogada automáticamente de acuerdo a lo indicado arriba.
Saludos,
Amada
hola , quiero saber si en la oficina de la dgt de pontevedra estará realizando el canje de permiso de conducir con la hoja blanca , ya pasada la fecha de vencimiento de la misma , gracias
hola luis si te recibieron la hoja blanca para el canje de la licencia yo tengo mi cita el lunes 18/01/2021 y no se si me acepten la hoja blanca de resguardo y quisiera saber si a ti te la aceptaron para asi tomar la decision de viajar a realizar el canje. Agradeceria tu respuesta.
Hola Carly, te aceptaron el canje con la hoja blanca ?? Pudiste hacer el canje sin problema ???
Buenos días,Respecto a la normativa q después de vencimiento de tu tarjeta blanca tienes permiso automático de trabajar por nueve meses, eso las empresas no lo creen ya q no es una ley como tal, mi carta blanca se vence en agosto, puedo sacar cita para mí tarjeta roja?
Hola Charles,
¿Ya le ha entregado a las empresas donde ha introducido el curriculum la instrucción 9/2020?. Ésta es una instrucción emitida por la Comisaría General de Extranjería y Fronteras del Ministerio del interior y es completamente legal. Por tanto, usted tiene autorización de trabajar a partir de los 6 meses de la fecha de emisión del Resguardo de Presentación de Solicitud internacional (Hoja Blanca) y ese resguardo tendrá a su vez una vigencia de 9 meses contados a partir de la fecha de expiración de dicho documento.
Le recomiendo que cuando introduzca su curriculum en alguna empresa, lleve copia de su resguardo Blanco y de la instrucción9/2020 que puede descargar desde el artículo
https://nomadasconraices.com/migracion/prorrogas-de-los-documentos-de-solicitud-de-proteccion-internacional-y-otros-documentos-de-extranjeria/
Usted podría solicitar su cita para la tarjeta roja, pero podría arriesgarse a que no lo reciban y no le hagan el trámite, porque la instrucción indica que tiene una prórroga de 9 meses contados a partir de agosto.
Saludos,
Amada
Hola le pretendo la hoja blanca de resguardo con la prórroga de 9meses es documento válido para realizar el canje de carnet de conducción, gracia x cualquier información
Hola Jair,
En teoría si se puede, después que tenga los 6 meses desde su emisión, sin embargo he estado viendo en algunos grupos que, algunas oficinas de la Dgt no han aceptado la hoja y han perdido la cita. Solo se lo digo para que pregunte antes en la propia oficina en la cual va a hacer el trámite, si se la aceptan o no, para que ubique primero una donde si se la acepten.
Donde reside? Para ayudarle a buscar la información?,
Saludos
Amada
Hola, tengo la misma inquietud si alguien nos pudiera orientar, gracias [email protected] por si alguien sabe la respuesta favor enviarla al anterior mail
Se puede hacer canje de carnet de conducir con la hoja blanca de resguardo
Hola Jair,
En teoría si se puede, después que tenga los 6 meses desde su emisión, sin embargo he estado viendo en algunos grupos que, algunas oficinas de la Dgt no han aceptado la hoja y han perdido la cita. Solo se lo digo para que pregunte antes en la propia oficina en la cual va a hacer el trámite, si se la aceptan o no, para que ubique primero una donde si se la acepten.
Donde reside? Para ayudarle a buscar la información?,
Saludos
Amada
Hola Amanda, tengo la misma inquietud pero estoy en Alicante, sabe si la DGT de esta provincia acepta lanhoja blanca, gracias!
hola si te aceptaron la hoja blanca para el canje de la licencia, yo tengo mio cita pronto en alicante y no se si ir a canjear. Tendras alguna informacion al respecto Agradeceria tu respuesta.